TRAMITACIÓN DEL INGRESO MÍNIMO VITAL
Tramitación del Ingreso Mínimo Vital (IMV) por Grupo Asesor Sánchez y Asociados
En Grupo Asesor Sánchez y Asociados, tu asesoría en Caravaca, nos especializamos en la tramitación del Ingreso Mínimo Vital (IMV). Esta prestación económica está destinada a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades esenciales. Implementada por el Gobierno de España, esta ayuda busca garantizar un nivel mínimo de ingresos a quienes se encuentran en situación de vulnerabilidad económica.
Requisitos para solicitar el IMV:
- Residencia en España: Es necesario tener residencia legal y efectiva en España de forma continuada durante el último año.
- Situación de vulnerabilidad económica: Se considera la capacidad económica de la persona solicitante o de la unidad de convivencia, computando los recursos de todos sus miembros.
- Unidad de convivencia: Debe estar formada, al menos, desde hace seis meses.
Importes del IMV:
- La renta garantizada varía según la composición de la unidad de convivencia. Por ejemplo, un adulto sin cargas familiares puede recibir hasta 658,81 euros al mes, mientras que una unidad formada por un adulto y un menor puede recibir hasta 856,46 euros al mes.
Cómo solicitar el IMV:
- Desde el Grupo asesor Sánchez y asociados te tramitamos la ayuda para solventar tus problemas de liquidez y obtener unos ingresos recurrentes
Beneficios adicionales:
- Las unidades familiares con menores pueden recibir el Complemento de Ayuda a la Infancia, que añade entre 57,50 y 115 euros adicionales por hijo, dependiendo de su edad.
Todos los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV) están obligados a presentar la declaración anual de la renta (IRPF), independientemente de la cuantía de sus ingresos. Esta obligación se extiende a todos los miembros de la unidad de convivencia que perciban el IMV.
El IMV es una renta exenta y, en la mayoría de los casos, los beneficiarios no tendrán que incluirlo en su declaración. Sin embargo, sí deberán declarar las cuantías que superen los 12.600 euros (1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, IPREM) como rendimientos del trabajo.
En caso de que, junto al IMV, se perciban otras ayudas a colectivos con riesgo de exclusión social, como la renta mínima de inserción, rentas garantizadas y ayudas similares de comunidades autónomas y ayuntamientos, solo se debe declarar y tributar por el exceso.
La presentación de la declaración de la renta es crucial para mantener el derecho a recibir el IMV. La Agencia Tributaria y la Seguridad Social recuerdan a los beneficiarios que deben cumplir con esta obligación para no perder la ayuda.
En Grupo Asesor Sánchez y Asociados, te ayudamos a cumplir con tus obligaciones tributarias de manera profesional. Nuestro equipo de expertos está a tu disposición para asesorarte y gestionar la declaración de la renta, asegurando que todo esté en orden y maximizando tus beneficios fiscales.
Con nosotros, podrás estar tranquilo sabiendo que tus asuntos fiscales están en las mejores manos.
Para más información y para realizar la solicitud no dude en ponerse en contacto con nosotros.