Optimización Fiscal para Propietarios de Viviendas Turísticas // Propuesta

Ultima propuesta del Ejecutivo

En Grupo Asesor Sánchez & Asociados, te informamos que los propietarios que adquieran una vivienda nueva en zonas turísticamente saturadas para destinarla a alquiler de corta duración (30 días o menos) podrán deducirse por primera vez el IVA de la operación. Además, podrán minorar el impuesto de los consumos de agua y luz, una vez entre en vigor la medida anunciada por el Gobierno.

El Ejecutivo ha previsto aplicar un tipo del 21% de IVA a los propietarios que realicen esta actividad en zonas tensionadas, con el objetivo de desincentivar el alquiler turístico en áreas con alta demanda de vivienda o turismo. Hasta ahora, los pisos turísticos estaban exentos de IVA a menos que prestaran servicios de la industria hotelera, como limpieza o cambio de ropa de cama.

Con esta nueva medida, los propietarios de viviendas turísticas en zonas saturadas podrán deducir el IVA soportado si compran vivienda nueva, lo que representa una mejora significativa en la gestión fiscal de estos inmuebles. También podrán deducir el IVA de los consumos de agua y luz.

No obstante, es importante tener en cuenta que esta medida puede traer consigo ciertos desafíos. Los propietarios que tengan viviendas para venta habitual, exentas de IVA, y también pisos turísticos gravados al 21%, deberán calcular el porcentaje deducible mediante prorrata. Además, si se vende el piso adquirido en zona saturada antes de diez años, cuando esa zona ya no esté considerada saturada, será necesario regularizar el impuesto deducido.

En Grupo Asesor Sánchez & Asociados, te ayudamos a gestionar estas «distorsiones» fiscales y a optimizar tus obligaciones tributarias. Cabe recordar que los propietarios que alquilan por temporadas y ofrecen servicios de hostelería tributan actualmente al 10%.

Consejo a Extranjeros: Comprar Vivienda Ahora

Dentro del paquete de medidas para facilitar el acceso a la vivienda, se incluye la duplicación de los impuestos asociados a la compra de inmuebles por parte de extranjeros de fuera de la Unión Europea. Recomendamos a los extranjeros extracomunitarios que estén considerando comprar vivienda en España, hacerlo antes de que entren en vigor las nuevas medidas para evitar la carga fiscal adicional.

Exención de las Ganancias del Alquiler

El Gobierno también ha propuesto que los propietarios que ajusten el precio del alquiler de su vivienda habitual al Índice de referencia de precios, podrán tener una exención del 100% en el IRPF de las ganancias del alquiler, independientemente de la ubicación de la vivienda. Esta medida podría dejar sin efecto los incentivos actuales de la Ley de Vivienda de mayo de 2023, que permite deducciones en el IRPF del 60%, 70% y 90% para caseros con inmuebles en zonas tensionadas por reformas, alquiler a jóvenes o reducción de precios.

En Grupo Asesor Sánchez & Asociados, te ayudamos a evaluar qué opción es más beneficiosa para ti, teniendo en cuenta que estas exenciones no aplicarán a viviendas de más de 150 metros cuadrados.

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