ATENCIÓN MUTUALISTAS: NUEVO PROCEDIMIENTO PARA LAS DEVOLUCIONES EN IRPF

ATENCIÓN NOVEDAD 27 DE MARZO 2025 MUTUALISTAS

Hacienda devolverá el IRPF a mutualistas en un solo pago este año

📰 Novedades 2025: Cambios clave en la devolución del IRPF para mutualistas

Con efectos desde el 26 de julio de 2025, se ha establecido un nuevo procedimiento específico para que los mutualistas puedan solicitar la devolución del IRPF por las aportaciones realizadas a mutualidades. Esta modificación normativa afecta directamente a miles de contribuyentes que durante años cotizaron a mutualidades en lugar del Régimen General de la Seguridad Social.

📌 ¿Qué cambia exactamente?

Se modifica la Disposición Final 16.ª de la Ley 7/2024, de 20 de diciembre, y se introduce una medida muy relevante:

El formulario de apoderamiento habilitado para los ejercicios 2019 y anteriores no prescritos, que fue puesto a disposición de los contribuyentes según la Orden del IRPF 2024, servirá también para solicitar la devolución de las cantidades correspondientes a los ejercicios 2020, 2021 y 2022.

Esto significa que no será necesario presentar una nueva solicitud ni una rectificación de autoliquidación si ya se presentó dicho formulario anteriormente.

📌 ¿Qué ocurre si ya presentaste el formulario?

Si el contribuyente ya presentó el formulario con anterioridad al 26 de julio de 2025, se considerará que también está solicitando las devoluciones correspondientes a los ejercicios 2020, 2021 y 2022, además de 2019 y anteriores.
La Agencia Tributaria entenderá incluida toda la petición completa sin necesidad de nuevos trámites.

Por tanto:

  • No debe presentarse ninguna autoliquidación adicional.
  • Tampoco se admitirá ninguna solicitud de rectificación del IRPF por esos ejercicios si no se ajusta al procedimiento previsto.

🕒 Suspensión del plazo de prescripción

Otro aspecto fundamental es que el plazo de prescripción para solicitar estas devoluciones ha quedado suspendido:

Desde el 22 de diciembre de 2024 hasta la entrada en vigor de esta disposición (26 de julio de 2025), no correrá el plazo de prescripción para solicitar la devolución por los períodos 2019 y anteriores no prescritos, ni tampoco para los ejercicios 2020 a 2022.

Esta suspensión del cómputo del plazo se fundamenta en la jurisprudencia del Tribunal Supremo que reconoció el derecho de los mutualistas a recuperar el IRPF pagado de más por este motivo.

Conclusión

Desde Grupo Asesor Sánchez & Asociados,tu Asesoría Caravaca recomendamos a todos los mutualistas que hayan presentado el formulario correspondiente, revisar si lo hicieron antes del 26 de julio de 2025, ya que en ese caso no es necesario repetir el trámite para los ejercicios 2020 a 2022. Asesores Caravaca.

En caso de duda sobre si tu caso encaja en este procedimiento o necesitas asistencia para revisar tu situación fiscal, puedes contactar con nuestro despacho. Estamos especializados en devoluciones IRPF de mutualistas y recursos ante la Administración Tributaria.

📍 Grupo Asesor Sánchez & Asociados // Asesoría fiscal Caravaca
Avenida de la Constitución, 19 bajos, Caravaca de la Cruz (Murcia)
📞 600 311 266
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En Grupo Asesor Sánchez y Asociados, nos mantenemos al tanto de las últimas decisiones fiscales que afectan a nuestros clientes. Hacienda ha anunciado un cambio importante respecto a la devolución del IRPF a los pensionistas que realizaron aportaciones a antiguas mutualidades laborales.

Tras escuchar al colectivo de mutualistas y a los sindicatos, se ha confirmado que se impulsará un cambio normativo que permitirá que estas devoluciones se realicen en un único pago a lo largo de 2025. La Administración Tributaria ya ha contemplado este desembolso dentro del déficit público del 2,8 % del PIB del ejercicio 2024.

Anteriormente, la normativa establecía que la devolución del IRPF se realizaría de manera fraccionada, obligando a los pensionistas a solicitar cada año la devolución correspondiente a un ejercicio no prescrito (2019, 2020, 2021 y 2022) hasta 2028.

En Grupo Asesor Sánchez y Asociados, estamos preparados para asesorar y asistir a nuestros clientes en la gestión de esta devolución de IRPF, asegurando que el trámite se realice correctamente y en el menor tiempo posible.

Contáctenos para un asesoramiento fiscal profesional y actualizado que garantice el máximo beneficio para usted.


Resumen: Se dejan sin efecto tanto el antiguo formulario de solicitud de devolución como las solicitudes ya presentadas de los ejercicios 2022 y anteriores no prescritos, cuya devolución no se hubiera acordado a 22/12/2024. En este artículo aclaramos a qué mutualistas afecta este nuevo procedimiento de tramitación y qué trámites deberán seguir.

La Ley 7/2024, de 20 de diciembre, introduce un nuevo procedimiento para las devoluciones en el IRPF que afecta a los pensionistas que aportaron a mutualidades. La AEAT ha dejado sin efecto el antiguo formulario de solicitud de devolución y las solicitudes presentadas antes del 22 de diciembre de 2024, cuya devolución no se hubiera acordado.

A tener en cuenta: La DT 2.ª de la LIRPF permite que los mutualistas que perciban pensiones de jubilación o invalidez y cuyas aportaciones no pudieron ser objeto de reducción en la base imponible del IRPF puedan reducir la cantidad a incluir como rendimiento del trabajo en la declaración de la renta de cada ejercicio, evitando así una doble tributación.

¿A quién afecta el cambio? La nueva tramitación afecta a:

  • Apoderamientos formulados antes del 22 de diciembre de 2024.
  • Procedimientos en curso de rectificación de autoliquidación o de devolución iniciados mediante autoliquidación, cuya devolución no se hubiera acordado a esa fecha.

Desde esa fecha, los mutualistas deberán volver a solicitar las devoluciones en las próximas campañas de renta, año a año, ya que las devoluciones se harán en varios plazos. QUEDA SIN EFECTO

Nueva tramitación a seguir: La AEAT reconocerá las devoluciones derivadas de la aplicación de la DT 2.ª de la LIRPF para los períodos impositivos 2019 a 2022, mediante el inicio del procedimiento de rectificación de autoliquidación o de devolución iniciado mediante autoliquidación, conforme a las normas sobre actuaciones y procedimientos tributarios previstas en la LGT. Un nuevo formulario estará disponible en la sede electrónica de la AEAT dentro del plazo reglamentario de declaración del IRPF.

Grupo Asesor Sánchez y Asociados, tu asesoría en Caravaca, puede ayudarte a tramitar estas devoluciones y a resolver cualquier duda que tengas sobre el nuevo procedimiento. ¡No dudes en contactarnos para más información!. Asesoría Caravaca

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